1. Coordinación de actividades civiles en el entorno aeroportuario
De acuerdo a la normativa vigente en materia de seguridad aérea, determinadas actividades en el entorno próximo de los aeropuertos han de ser coordinadas previamente, de manera que se garantice que su desarrollo no suponga un riesgo para las aeronaves en vuelo.
Para más información sobre la normativa en vigor, y el ámbito territorial afectado por las servidumbres aeronáuticas, consulte la página web de AESA: https://www.seguridadaerea.gob.es/es/particulares/piloto-de-drones
ENAIRE: https://www.enaire.es/servicios/drones
Tipo de actividad
- RPA (drones).
- Aeromodelismo.
- Fuegos artificiales, cohetes, farolillos.
- Globos (libres y/o cautivos).
- Sondeos meteorológicos.
- Actividades colombófilas.
- Actividades deportivas (parapente, kitesurf).
- Producción de humo u otras emisiones que puedan reducir la visibilidad.
Plazo: estas solicitudes deben ser tramitadas al menos 1 mes de antelación respecto a la fecha prevista de la actividad solicitada.
Para dudas relacionadas con la coordinación de actividades en el entorno aeroportuario contactar a través del siguiente correo electrónico: SeguridadOperacionalAE@aena.es